Hace varios años, una empresa española solicitó una marca europea (EUTM) para el signo Breezair en servicios relacionados con el mercado del aire acondicionado. Y ello a pesar de que Seeley International es titular de un gran número de marcas registradas para el signo "Breezair" (incluida una EUTM concedida en febrero de 1999) y lleva muchas décadas vendiendo y distribuyendo productos de aire acondicionado con estas marcas en Europa y en todo el mundo.
Cuando Seeley International tuvo conocimiento de la EUTM de la empresa española, inició inmediatamente una acción de cancelación. A pesar de la acción de cancelación, y del conocimiento del amplio uso de Breezair por Seeley International en Europa, la empresa española envió cartas de advertencia a varios distribuidores de Seeley Internationalen cinco países europeos, exigiéndoles que dejaran de utilizar el signo Breezair.
El 6 de junio de 2019, el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante (España) resolvió que la entrega de estas cartas constituía actos de competencia desleal, y ordenó que se abonaran importantes daños y perjuicios a Seeley International en concepto de indemnización, así como que se asignara a Seeley International la EUTM presentada por la demandada en relación con, entre otros, servicios de venta al por mayor en relación con equipos de refrigeración; mantenimiento y reparación de aparatos e instalaciones de refrigeración; instalación, mantenimiento y reparación de sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado ; y servicios de asesoramiento relacionados con la instalación de aparatos de refrigeración .
En particular, a la vista de las pruebas practicadas en el procedimiento, el Tribunal español consideró que la demandada conocía perfectamente el uso y registro anterior de la marca Breezair de Seeley International(de hecho, la sentencia se refiere al uso que Seeley Internationalhace de Breezair como "estásiendo utilizada en el mercado por un gran vendedor a nivel mundial"). En consecuencia, la sentencia declara que Seeley International es el legítimo titular de la EUTM Breezair en los servicios antes referidos.
Esta sentencia demuestra que el uso y la reputación de Breezair por parte de Seeley International en la Unión Europea son sustanciales y bien conocidos. Además, en consonancia con la importancia de estos mercados para la empresa, esta decisión también demuestra que Seeley International se toma muy en serio la protección de sus derechos de PI, y que está dispuesta a emprender acciones legales contra cualquier tercero que amenace el fondo de comercio de las marcas de Seeley Internationalo la relación comercial de Seeley International con sus socios comerciales.